El béisbol dominicano entra en una nueva etapa de regulación con la promulgación del Decreto núm. 601-26, mediante el cual el Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en la República Dominicana.
La disposición, fechada el 26 de agosto de 2026, establece un marco de supervisión para una actividad que involucra a jugadores profesionales, prospectos, academias, equipos, ligas, agencias, representantes, entrenadores, árbitros, scouts y otros participantes.
Más que establecer controles exclusivamente sobre el béisbol profesional, el reglamento busca abarcar las diferentes etapas del sistema, desde la formación de jóvenes prospectos hasta la actividad competitiva, con especial atención a la protección de los menores de edad.
Una autoridad específica para supervisar el béisbol
El reglamento coloca estas funciones bajo la Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, órgano funcionalmente desconcentrado del Ministerio de Deportes y Recreación.
La estructura contempla una Dirección Ejecutiva y dos áreas sustantivas. La Dirección Técnica tendrá entre sus responsabilidades la supervisión técnica, las condiciones de infraestructura, las academias, el entrenamiento, la seguridad y los asuntos relacionados con el dopaje.
Mientras tanto, la Dirección de Regulación del Béisbol estará enfocada en el registro y la supervisión administrativa de los diferentes actores que forman parte del sistema.
El propósito es que el Estado disponga de información organizada y mecanismos de fiscalización sobre una industria que tiene un peso considerable dentro del deporte dominicano.
Un Registro Nacional para los actores del béisbol
Uno de los elementos centrales del decreto es la creación del Registro Nacional del Sistema de Béisbol, que permitirá inscribir, certificar, verificar y dar seguimiento a jugadores, equipos, ligas, academias, agencias, representantes, entrenadores, árbitros, scouts y otros participantes.
La obligación no se limita a realizar una inscripción inicial. Las personas y entidades registradas deberán mantener actualizada su información.
El reglamento aclara, además, que estar inscrito en este registro no sustituye las licencias, permisos o autorizaciones que correspondan a otras instituciones.
En el ámbito profesional, las nuevas reglas contemplan la supervisión de las ligas y organizaciones, el registro de jugadores y equipos, las transferencias y el depósito de contratos.
También se establecen condiciones relacionadas con la protección contractual, la transparencia y el consentimiento informado, mientras que un consejo consultivo honorífico tendrá funciones de asesoría.
El foco sobre academias y prospectos
Uno de los puntos de mayor trascendencia es el tratamiento que reciben las academias de desarrollo y los prospectos.
Las academias deberán estar registradas y cumplir requisitos relacionados con seguridad, salubridad, higiene y mantenimiento. Cuando proporcionen alojamiento, alimentación o transporte a los jóvenes, tendrán que garantizar condiciones adecuadas de habitabilidad, nutrición, supervisión y trato digno.
La normativa también aborda aspectos como la preparación del personal, los programas de entrenamiento, la atención médica y los derechos de los atletas.
Esto adquiere particular importancia en un país donde una parte significativa del proceso de formación de los futuros peloteros profesionales ocurre durante la adolescencia.
Protección reforzada para los menores
El reglamento dedica una atención especial a los menores de edad y establece obligaciones destinadas a evitar que la búsqueda de talento termine afectando su desarrollo integral.
Para determinadas actividades será necesaria la autorización de padres, madres, tutores o responsables legales. Además, las instituciones y personas involucradas deberán prevenir situaciones de abuso, explotación, acoso, discriminación y negligencia.
También se contempla la prevención del sobreentrenamiento y del abandono escolar.
El principio detrás de estas disposiciones es que la posibilidad de convertirse en pelotero profesional no debe estar por encima de derechos fundamentales como la educación, la salud, el descanso y el desarrollo integral del menor.
El reglamento también establece que el reclutamiento y la evaluación de prospectos deberán realizarse de manera transparente, evitando prácticas engañosas o abusivas.
Integridad, dopaje y conflictos de interés
La regulación no se limita a las academias. También incorpora disposiciones relacionadas con la integridad deportiva, la prevención de la manipulación de competencias, los conflictos de interés y el dopaje.
Las agencias, representantes, intermediarios y scouts quedan incluidos dentro del sistema de supervisión.
Para el béisbol recreativo también se establecen mecanismos de control sobre ligas y organizaciones, además del registro y categorización de jugadores y equipos, la organización de eventos, la certificación de entrenadores y la capacitación y registro de árbitros.
Las instalaciones deportivas deberán cumplir igualmente con condiciones de seguridad.
Inspecciones y capacidad de intervención
El nuevo marco concede a la Dirección facultades para realizar inspecciones, recibir quejas y denuncias y exigir la corrección de irregularidades.
Cuando exista un riesgo grave o inminente para la salud, la seguridad o los derechos de los participantes, podrán adoptarse medidas administrativas preventivas.
Sin embargo, el reglamento establece límites para el ejercicio de esas facultades. Las actuaciones deberán observar principios de legalidad, proporcionalidad, debido procedimiento y derecho de defensa, además de las disposiciones relativas a la confidencialidad y protección de datos personales.
Los equipos también deberán contar con una póliza de responsabilidad civil, mientras que el Estado promoverá programas de formación y desarrollo deportivo en coordinación con la Federación Dominicana de Béisbol.
Un cambio que trasciende el terreno
El Decreto 601-26 representa un intento de establecer reglas comunes para un ecosistema que durante años ha involucrado a numerosos actores con responsabilidades y niveles de participación diferentes.
Su alcance va desde la organización de competencias y la regulación administrativa de equipos hasta las condiciones en que un adolescente puede ser entrenado, alojado, alimentado y reclutado como prospecto.
La normativa también contempla coordinación interinstitucional, elaboración de estadísticas e informes y mecanismos de solución de controversias mediante conciliación, mediación o arbitraje cuando corresponda.
El reglamento preserva la validez de registros y certificaciones anteriores expedidos conforme a las normas vigentes y deroga las disposiciones de igual o inferior jerarquía que le sean contrarias.
Su entrada en vigor está vinculada con su publicación en la Gaceta Oficial, momento a partir del cual comenzará a operar formalmente este nuevo marco de supervisión del béisbol dominicano.